San Francisco, Córdoba
20 agosto, 2025
Radiocanal

Columna de Asuntos Legales: la ley de discapacidad está totalmente vigente

En una nueva edición de la columna de Asuntos Legales, el abogado Emiliano Oyola (MP 5-862) abordó un nuevo tema: actualidad de la ley de discapacidad.
Miércoles 20 de agosto 2025 | 14:45 Hs.
El juez federal Adrián González Charvay declaró inválido el veto del presidente Javier Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad, en un fallo que calificó la medida del Ejecutivo como "arbitraria" y contraria a los derechos fundamentales. La resolución responde a un recurso de amparo presentado por los padres de dos niños con trastornos generalizados del desarrollo, cuyas instituciones educativas y de salud se ven afectadas por la falta de financiamiento estatal.

En su decisión, el magistrado sostuvo que el veto presidencial constituye una forma de discriminación hacia personas en situación de vulnerabilidad y una violación directa de derechos constitucionales e internacionales. Según argumentó, el derecho a la salud y la educación de los niños con discapacidad debe prevalecer por encima de las restricciones presupuestarias invocadas por el Ejecutivo.

Entre los fundamentos centrales del fallo se destacan varios principios jurídicos relevantes:

- Violación de derechos fundamentales: El juez consideró que la medida atenta contra la protección especial que el Estado debe garantizar a las personas con discapacidad, especialmente en la infancia.
- Primacía de los derechos sobre el ajuste fiscal: Se subrayó que el equilibrio presupuestario no puede ser excusa para desconocer derechos humanos básicos.
- Principio de progresividad: González Charvay recordó que, en materia de derechos humanos, los Estados tienen la obligación de avanzar en su cumplimiento, y que cualquier retroceso debe estar debidamente justificado, cosa que no ocurrió en este caso.
- Deber reforzado de protección: Citando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el magistrado reafirmó la responsabilidad del Estado de proteger activamente a los grupos históricamente vulnerados.

Como consecuencia del fallo, el decreto de veto presidencial fue declarado nulo, lo que implica que la Ley de Emergencia en Discapacidad queda tácitamente promulgada y vigente. Además, el juez recordó que el Poder Ejecutivo sí cuenta con herramientas legales para reasignar partidas presupuestarias y cumplir con la norma sin comprometer otras áreas del gasto público.
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